Multa de $50 por no votar

Todo aquel ciudadano que no haya podido ir a votar deberá realizar un trámite que justifique la no emisión de su voto en las Elecciones 2019  es un procedimiento que se realiza en la Secretaría Electoral que corresponde al último domicilio declarado.

También la certificación se podrá presentar en la Cámara Nacional Electoral con el DNI y el comprobante o certificado. En ese momento se le entregará una «Constancia de no emisión del voto», algo que sirve, sobre todo, para no integrar el Registro de Infractores y evitar la multa.

Los votantes sólo podrán realizar esta justificación una vez finalizada la elección y tendrán 60 días para poder realizarlo. Otra opción, más práctica, es que el trámite se puede realizar on line, directamente en la página del Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral.

Allí se le solicitarán datos al votante (número de DNI, sexo, Distrito Electoral y un código de validación).

De este modo se podrá realizar en todas las provincias y localidades, salvo en la Ciudad de Buenos Aires donde es un trámite presencial. Se lleva a cabo en la Secretaría electoral de la jueza María Servini de Cubría, ubicado en la calle Tucumán 1320.

Todos los infractores que no hayan participado con su voto en las elecciones generales, tendrán que pagar $ 50. Esta multa se suma a otros faltazos, si es que el votante no participó de las elecciones de 2015 y 2017.

 

Autor entrada: Eduardo Oyola

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