Cobro por luminarias LED: la Cámara de Marcos Juárez rechazó el reclamo de vecinos

La Cámara Civil, Comercial, de Familia, del Trabajo y Contencioso Administrativa de Marcos Juárez resolvió rechazar la acción judicial presentada por vecinos que cuestionaban el cobro municipal por la renovación de luminarias LED en la vía pública, dispuesto por la Ordenanza N°3331.

La decisión judicial no analizó la legalidad ni el monto del cobro, sino que se basó en una cuestión formal: los demandantes no agotaron previamente la vía administrativa, paso obligatorio antes de recurrir a la Justicia en este tipo de conflictos.

Quiénes iniciaron el reclamo y qué cuestionaron

La acción fue promovida por propietarios de distintos inmuebles de Marcos Juárez, quienes solicitaron que se declare la inexistencia e ilegitimidad de la deuda incluida en las boletas municipales bajo el concepto
“Obra: Alumbrado público – Renovación de tecnologías de iluminación”.

Según argumentaron, el cobro presenta irregularidades legales, falta de información suficiente y se intenta exigir el pago de una obra realizada años atrás sin haber sido comunicada oportunamente a los vecinos.

El origen del conflicto por las luminarias LED

De acuerdo al planteo vecinal, el recambio de luminarias comenzó alrededor del año 2015, durante la gestión del entonces intendente Pedro Dellarossa, y se extendió en el tiempo sin que se informara que el costo sería trasladado a los frentistas.

Los demandantes sostienen que no se sancionó previamente una ordenanza que declarara la obra de utilidad pública, no se habilitó un registro de oposición y que la renovación fue presentada como una inversión municipal financiada con ahorro energético, recursos propios y donaciones, por lo que consideran extemporáneo el cobro actual.

Servicio público, doble imposición y costos cuestionados

Uno de los ejes del reclamo fue la naturaleza del tributo. Los vecinos afirmaron que la renovación de luminarias LED no constituye una obra pública que incremente el valor del inmueble —como el pavimento o las cloacas— sino que forma parte del servicio público de alumbrado, ya incluido en la Tasa de Servicios a la Propiedad.

Además, cuestionaron los montos exigidos y señalaron la falta de información sobre el presupuesto total, el valor real de las luminarias, la mano de obra y el criterio de prorrateo utilizado para cada frentista. El conflicto generó un fuerte rechazo social y derivó incluso en la renuncia de un concejal oficialista.

Qué pidieron los vecinos ante la Justicia

En la demanda solicitaron:

  • que se declare inexistente la deuda,
  • que se anule el acto administrativo de cobro,
  • y que se suspenda de manera urgente la exigencia del pago para evitar sanciones, pérdida de beneficios fiscales y ejecuciones mientras se resolvía la cuestión de fondo.

Qué resolvió el Tribunal

La causa fue analizada por la Cámara Civil, Comercial, de Familia, del Trabajo y Contencioso Administrativa de Marcos Juárez, integrada por los vocales Graciela del Carmen Filiberti, Raúl Enrique Morra y Jorge Juan Alberto Namur.

El Tribunal resolvió declarar inadmisible la acción, al considerar que el reclamo corresponde al ámbito del derecho contencioso administrativo y que, según la Ley Provincial N°7182, los demandantes debían agotar previamente la vía administrativa ante el municipio.

El textual de la resolución

En la parte resolutiva, la Cámara dispuso:

“Declarar inadmisible la acción declarativa de certeza deducida , por corresponder a la competencia contencioso administrativa, resultando aplicable la Ley 7182 y no haberse agotado la vía.”

Asimismo, el Tribunal aclaró:

“Establecer que los plazos legales previstos, a los fines de plantear las impugnaciones administrativas que correspondan, si no se hubieran realizado, deberán computarse a partir del dictado de la presente resolución.”

Finalmente, resolvió:

“Rechazar el pedido de suspensión de la ejecución de los actos administrativos.”

Qué significa esta decisión judicial

La resolución no avala ni valida el cobro por las luminarias LED. La Cámara no se pronunció sobre la legalidad de la ordenanza ni sobre los montos exigidos, sino que indicó que el reclamo fue presentado por una vía incorrecta.

Los vecinos aún pueden continuar el reclamo por la vía administrativa y, una vez agotada esa instancia, volver a recurrir a la Justicia para que se analice el fondo de la cuestión.

Un conflicto que sigue abierto

El fallo no cierra el debate por el cobro de las luminarias LED en Marcos Juárez. Por el contrario, deja abierta la posibilidad de nuevos planteos y futuras acciones.

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